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La Audiencia Nacional absuelve a una mujer porque la única prueba acusatoria fue una declaración de culpabilidad obtenida por la Guardia Civil mediante tortura con electrodos

Viernes.9 de mayo de 2025 568 visitas Sin comentarios
El tribunal reconoce la tortura policial a una detenida vinculada a ETA. #TITRE

Histórica sentencia que reconoce que la tortura a detenidos no es algo exclusivo del Chile de Pinochet o la Argentina de Videla. En las comisarías y comandancias de España también se daba. Con electrodos, concretamente, según se reconoce en este caso (en el que la absuelta también refiere abusos sexuales por parte de los agentes). Ahora cabe recordar los cientos de denuncias por torturas: bolsa, bañera, violaciones, palizas, meter palos por oquedades corporales... que fueron sistemáticamente obviadas por las autoridades judiciales (uno de aquellos jueces es hoy ministro, otro se llamaba Garzón) y por los medios de comunicación. Cada uno de aquellos delitos, y creemos que no fueron pocos, es un crimen de lesa humanidad merecedor de severas condenas de cárcel. Pero mucho nos tememos que las torturas policiales españolas, nuevamente, van a quedar impunes. Nota de Tortuga.


La Audiencia Nacional absuelve a Iratxe Sorzabal y reconoce «tratos inhumanos»

La Audiencia Nacional ha reconocido por vez primera que la autoinculpación de Iratxe Sorzabal durante su detención en 2001 a manos de la Guardia Civil, fue debida a tortura. «Existe la evidencia de que fue sometida a la aplicación de electrodos por parte de aquellos funcionarios que la custodiaban».

La Sección Segunda de la Sala Penal de la Audiencia Nacional española ha absuelto a Iratxe Sorzabal de la colocación de un artefacto en Irun en 1995, reconociendo que «la acusada fue sometida a tratos inhumanos durante su detención, en marzo de 2001», cuando fue detenida por la Guardia Civil.

El tribunal sostiene que el manuscrito escrito posteriormente en el que venía a reconocer la autoría de los hechos es «nulo de pleno derecho al haberse obtenido mediante la violación de los derechos fundamentales de la acusada (artículo 1.1 LOPJ pues es consecuencia de malos tratos (aplicación de electrodos) que sufrió durante su detención y que tenían por objeto que la misma prestase declaración en los términos que se le indicaban, sin que exista ninguna otra prueba de cargo destructora de la presunción de inocencia que le favorece».

La sentencia remarca que Sorzabal no ratificó en sede judicial su autoinculpación, en donde se limitó a declarar que las mismas habían sido bajo tortura. Recuerda que no fue hasta que se encontró el citado manuscrito con la confesión, que el informe policial califica como «la kantada más prolija y detallada», cuando se reabrió la causa y se procesó a la acusada. «Pero ello no empece a que el tan repetido manuscrito, elaborado unos días después de la detención, no esté viciado de la misma nulidad que la propia declaración, aunque lo sea de forma indirecta, por cuanto de no haberse producido la declaración tampoco se habría dado la citada misiva», concluye.

Relato de tortura

Sorzabal tuvo que sentarse de nuevo en la Audiencia Nacional en febrero de este año con una petición fiscal de 12 años de cárcel. Y la tortura en manos de la Guardia Civil en 2001 fue el elemento central de la cuestión. «Yo ahí no tenía derechos, eso me lo dejaron muy claro. Desde el registro hasta Madrid la Guardia Civil me lo dejó muy claro, con el primer golpe. ‘Aquí se han acabado los jueces y los derechos, hija de puta’. Allí yo no tenía más derecho que sobrevivir», relató, aún muy afectada por el recuerdo del periodo de incomunicación.

«Los guardias civiles eran todos hombres. Yo para ellos no era ni persona ni militante, yo para ellos era una ‘puta zorra’ y ya está. Mientras me ponían la capucha y los electrodos en el coche, además entre todos me sobaban. Y en Madrid me desnudaron toda», explicó entre sollozos.

El forense Benito Morentín (Instituto Vasco de Medicina Legal) detalló en el juicio los elementos en que basó su informe, desde los aportados por el Hospital San Carlos de Madrid a los derivados de Osakidetza y una entrevista personal en prisión utilizando el Protocolo de Estambul.

Morentin relató que en el San Carlos, donde Sorzabal fue atendida durante la detención incomunicada, se detectaron cefalea, patología cervical traumática y lesiones en la piel por las que se le realizó una biopsia. Los resultados eran compatibles con su denuncia de que se le aplicaron electrodos: «Más que compatibles aún, esas marcas son características, es un nivel de certeza de rango superior», matizó.

Este informe lleva al Tribunal a «la conclusión de que la acusada, Iratxe Sorzabal, en el transcurso de su detención, fue sometida a tratos inhumanos», remarcando la «concordancia entre las evidencias físicas y psicológicas con las alegaciones de tortura», la patología cervical diagnosticada, las lesiones dérmicas características de lesiones por electricidad y el trastorno de estrés postraumático.

«Existe, por lo tanto, la evidencia más allá de cualquier duda de que, durante su detención, Iratxe Sorzabal fue sometida a la aplicación de electrodos por parte de aquellos funcionarios que la custodiaban a fin de obligarle a declarar, lo que supone una evidente vulneración de sus derechos fundamentales», añade la sentencia.

La doctrina establecida por el Tribunal Supremo español deja «sin efecto las pruebas obtenidas directa o indirectamente violentando los derechos o libertades fundamentales».

Desatendido en dos juicios anteriores

Se da la circunstancia de que tanto el testimonio de Sorzabal como el informe pericial sobre la tortura han sido trasladados en términos muy similares a los tribunales de la Audiencia Nacional en dos juicios anteriores, sin que se hubieran tenido en cuenta.

Así, en un primer juicio en Madrid en 2022 fue condenada a 24 años de cárcel por un atentado en Gijón, y la sala despachó entonces su denuncia afirmando que «no ha quedado plenamente acreditada la tortura».

En aquella ocasión, Iratxe Sorzabal explicó, entre sollozos, que «me autoinculpé e inculpé a otros. La Guardia Civil me torturó y me obligó a hacer esas declaraciones. Todas esas acusaciones son falsas», ha subrayado a preguntas de la Fiscalía. «Durante esas sesiones de tortura me obligan a aprender cosas de memoria, repetimos declaraciones». «El segundo día estaba tan destrozada que pensaba que más de lo que me estaban haciendo no podían hacerme –relató–. Le enseñé las marcas, en carne viva, y al verme vio que debía ir al hospital».

Más recientemente, en otra vista en la Audiencia Nacional por un explosivo en Alacant, Sorzabal ha vuelto a detallar lo ocurrido en los calabozos en aquellos días de 2001, pero en esta ocasión ni siquiera se ha citado su denuncia en la sentencia. La presa vasca ha quedado absuelta de esta acusación por falta de pruebas, pero sin alusión alguna a lo referido en la sala. En este juicio, el presidente del tribunal, Alfonso Guevara, interrumpió de modo abrupto el relato de la acusada, con expresiones como «ya está, ya está». Y no quiso oír las explicaciones del forense Morentin sobre el Protocolo de Estambul, asegurando que ya lo conocía.

En este juicio en concreto, el abogado de Sorzabal, Aiert Larrarte, manifestó que «no es habitual tener hallazgos físicos de tortura. Aquí están en los próximos informes de los forenses de la Audiencia Nacional, del hospital Carlos III...». Ahora, 24 años después y en el tercer juicio en su contra, han sido finalmente atendidos.

La sentencia actual, que puede considerarse inédita, lleva la firma de Fernando Andreu (ponente), Ana Revuelta y Javier Mariano Ballesteros. No hay votos particulares, con lo que el fallo es unánime.

Entre medio, en estas últimas semanas se ha producido un hecho que también ha podido tener su impacto en la decisión judicial. El Tribunal de Apelación de París ha solicitado los procedimientos existentes cuando Sorzabal denunció haber sido torturada a manos de la Guardia Civil. Ha preguntado a los tribunales españoles si se formalizó la denuncia, qué se investigó y si hay más elementos para acusarla más allá de la autoinculpación durante la incomunicación. Ha sido en el marco de la euroorden en su contra para intentar juzgarla también por el atentado de ETA contra el ertzaina Montxo Doral.

Fuente: https://www.naiz.eus/eu/info/notici...


La Audiencia Nacional absuelve de un atentado a una exjefa de ETA porque sufrió “tratos inhumanos”

Ha concluido que, tras la detención en octubre de 1995 por un atentado cometido en el paso fronterizo de Irún, se vulneraron los derechos fundamentales de Iratxe Sorzabal

elDiario.es Euskadi

La Audiencia Nacional (AN) ha absuelto a la exjefa de la organización terrorista ETA Iratxe Sorzabal del atentado ejecutado en octubre de 1995 en el paso fronterizo de Irún (Gipuzkoa) que produjo daños en la aduana española y ha concluido de que fue “sometida a tratos inhumanos” tras su detención. En una sentencia, recogida por Europa Press, la Sala de lo Penal concluye que la prueba en la que se basaba la autoría del atentado se habría obtenido “con vulneración de sus derechos fundamentales”, en concreto tras la “aplicación de electrodos por parte de aquellos funcionarios que la custodiaban a fin de obligarle a declarar”.

En su declaración en la vista oral, celebrada a finales del pasado mes de febrero, Sorzabal se desmarcó del atentado. “Niego todo”, aseguró, dejando claro que no reconocía los hechos de los que le acusaba la Fiscalía. El pasado mes de abril la Audiencia Nacional ya absolvió a Sorzabal del delito de estragos terroristas en grado de tentativa, por el que la Fiscalía pedía 6 años, por la colocación de un artefacto explosivo en el aeropuerto de Alicante, en julio de 1995.

El tribunal apuntó en ese fallo que había un vacío probatorio acerca de la autoría de ese atentado. Ese vacío, indicaban, provenía de la falta y ausencia de prueba de un dato trascendental como es la autoría de la carta manuscrita —la ’kantada’— que la Fiscalía atribuía a la etarra en la que se vienen a reconocer los hechos y respecto de lo cual no se practicó prueba alguna. La ’kantada’ o autocrítica, explicaba el tribunal, son unas manifestaciones o relatos de hechos realizados en una carta manuscrita por miembros de la organización a la cúpula de ETA, una vez que son detenidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Fuente: https://www.eldiario.es/euskadi/aud...

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