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Los abogados denuncian la falta de derechos de los inmigrantes sin papeles internos

Sábado.21 de enero de 2012 272 visitas Sin comentarios
Derecho Penitenciario. #TITRE

EL PERIODICO DE CATALUNYA (MARÍA JESÚS IBÁÑEZ / TONI SUST).- Los derechos de las personas que se encuentran ingresadas en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) deberían equipararse, «como mínimo, a los de las personas sometidas a régimen penitenciario».
Lo dice el Collegi d’Advocats de Barcelona y lo hace porque, a su entender, incluso en las cárceles hay en estos momentos más garantías que en algunos centros donde son internados los simpapeles a la espera de que se resuelvan sus expedientes de expulsión de España.
La recomendación la recoge un informe sobre derechos y libertades en los CIE que el colegio profesional envió el pasado 2 de noviembre al Ministerio del Interior y para el que aún no ha habido respuesta gubernamental.

«Decimos como mínimo porque, al no existir aún un reglamento para los centros de internamiento, las personas que están allí no tienen siquiera los derechos que sí tienen los presos», precisa Sergi Santacana, abogado especializado en extranjería y coautor del documento presentado a Interior. Así que, mientras no se apruebe ese reglamento, «al menos que se aplique el penitenciario, en los aspectos en que sea posible», agrega el letrado. Eso excluye, por supuesto, las medidas relativas a la privación de libertad.

Pese a que la actual ley de extranjería dice «expresamente» que quien está internado en un CIE no puede ser tratado como un recluso, «en la práctica, lo que está ocurriendo es que, a diferencia de los presos, los extranjeros de un CIE solo pueden acceder a un derecho si el director les da un permiso específico», explica Santacana, que acude a menudo al establecimiento de la Zona Franca para asistir a foráneos.

ASISTENCIA SANITARIA

En la actualidad, pues, un interno de un centro de extranjeros no tiene asegurado, por ejemplo, el derecho a «una asistencia sanitaria con carácter integral», a ser atendido por un trabajador social o «a seguir cursos formativos, ni que sean no presenciales», indica Santacana. Tampoco puede tener acceso a un registro para presentar quejas, solicitudes o recursos. «Son derechos mínimos, recogidos por la ley de extranjería, pero que ahora mismo no están garantizados», insiste.
Y puestos a señalar derechos que no están asegurados, posiblemente el más flagrante, afirma Santacana, miembro también de la comisión de extranjería del colegio de abogados, es la imposibilidad del interno de acogerse al derecho de asilo o a «presentar cualquier solicitud de residencia». Con la ley en la mano, «el único derecho que tienen restringido -recuerda el informe- es el relativo a la libertad ambulatoria», es decir, la de poder desplazarse o moverse libremente por territorio español.

Una de las propuestas de los abogados barceloneses es la creación de una oficina del defensor de las personas internadas en estos centros. A su cargo, recomiendan, debería estar un «profesional especialista en extranjería que desempeñaría su encargo delegado en las mismas dependencias del CIE», dice el documento. Esta oficina, a la que los internos podrían dirigir sus reclamaciones, sería la encargada de velar por que «no se produzcan actos discriminatorios contra los internados».
El informe del colegio de abogados -aprobado por la junta de gobierno colegial- cuestiona en cierta manera la utilidad de este tipo de equipamientos, ya que considera «claramente injustificada y desproporcionada» la cifra de personas que, tras haber pasado por ellos, finalmente no acaban siendo expulsadas.

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