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Entra en prisión un teniente coronel por espiar al sargento con el que tenía una rivalidad por una mujer

Viernes.29 de septiembre de 2017 202 visitas Sin comentarios
También ingresa en la cárcel otro teniente coronel que le ayudó a acceder al correo electrónico del subordinado, al que además le enviaron mensajes de alto contenido sexual. #TITRE

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27.09.2017 – 05:00 H.

Los tenientes coroneles de Infantería del Acuartelamiento de San Sebastián P. B. R. y V. Z. P. ya han ingresado en prisión. El Tribunal Militar Central consideró el pasado julio que ya ha pasado el tiempo previsto para que el Gobierno responda al indulto solicitado por ambos para librarse de la cárcel y que, por lo tanto, los dos debían ser encerrados inmediatamente por haber espiado a un subordinado, haber accedido a su correo electrónico y haberle enviado mensajes de alto contenido sexual. La sentencia condenatoria fue publicada en diciembre de 2015, pero la entrada en prisión de los dos mandos estaba paralizada hasta que se resolviera el indulto, de ahí que hasta el momento el Tribunal Militar no haya ordenado el ingreso.

P. B. R. cumplirá un año entre rejas mientras V. Z. P. pasará los próximos diez meses encerrado por un delito que el Código Penal Militar denomina técnicamente extralimitación en el ejercicio del mando en su modalidad de abuso grave mediante prevalimiento del empleo. El segundo era responsable de la Unidad de Servicios del Acuartelamiento de Loyola (Guipúzcoa) cuando en abril de 2007 solicitó a P. B. R., que por aquel entonces era coordinador informático de las dependencias, las contraseñas de los correos electrónicos oficiales dos de sus subordinados, el sargento R. F. M. y la funcionaria I. L. P.

Estos dos últimos habían mantenido "una relación de, al menos, amistad íntima" hasta hacía un par de meses, según reza la sentencia del Tribunal Militar Central que condenó a los dos tenientes coroneles a finales de 2015 y que ahora acaba de ser ejecutada por la máxima instancia judicial del ámbito castrense. El responsable de la Unidad de Servicios que había reclamado las contraseñas, por su parte, también había "mantenido algún tipo de relación más allá de la estrictamente profesional" con la misma funcionaria, por lo que parecía claro que había solicitado las claves para espiar a su ex y al que estaba o había estado con ella.

Este teniente coronel accedió entre el 10 de abril de 2007 y el 28 del mismo mes del año siguiente tanto a la cuenta de correo electrónico del sargento como a la de la funcionaria, con lo que pudo visionar los mensajes que se intercambiaban entre ambos así como los que enviaban a otras personas o recibían de terceros, dado que además R. F. M. tenía desviado su buzón particular al corporativo y alojaba en este último el conjunto de sus comunicaciones electrónicas. Así pudo el mando militar acceder a los mensajes que le mandaban las mujeres con las que el suboficial había conectado en una página de contactos, las conversaciones íntimas que éste mantenía con su compañera u otro tipo de datos de su vida privada.

En marzo de 2008, además, el teniente coronel creó dos cuentas de correo de Hotmail que simulaban pertenecer a dos mujeres. Desde ellas, envió mensajes al sargento "de contenido íntimo", "algunos de índole claramente sexual". "En varios, insistía al suboficial en que éste le mandara fotografías en las que se le viera la cara, de lo que se deduce que el sargento ya le había enviado imágenes que enseñaban alguna otra parte íntima de su anatomía", describe la sentencia del Tribunal Militar Central, que considera probado que el mando remitió estos correos desde su propia casa, ya que "la titular de la línea telefónica era su esposa", según la resolución, que basa gran parte de su fundamentación en el testimonio del sargento.

"La declaración de la víctima es coherente en sí misma y no contiene aspectos o elementos insólitos o extravagantes ni resulta objetivamente inverosímil por su propio contenido", explica la resolución, que añade que ésta, además, "está rodeada de corroboraciones periféricas de carácter objetivo, por lo que la existencia del delito se apoya en datos añadidos a la pura manifestación de la víctima", como los correos electrónicos que le envió el teniente coronel al suboficial simulando ser dos mujeres diferentes.

Para concretar la pena, explicó la sentencia, "el Tribunal ha tenido en cuenta el elevado empleo militar de los procesados, que hace más reprochable su conducta, así como la gravedad y trascendencia del hecho en su relación con el servicio, pues no cabe olvidar a este respecto que el procesado V. Z. P. accede a los correos electrónicos de dos personas que le están directamente subordinadas por puro capricho personal y mero voluntarismo, ni que el procesado P. B. R. desvela, para facilitar la acción del primero, una información que por su condición de coordinador informático tenía el deber de preservar".

El Confidencial