El BOE, esa publicación humorística - Tortuga
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El BOE, esa publicación humorística

Martes.11 de diciembre de 2012 795 visitas Sin comentarios
Seguir el anuncio oficial de los indultados en un tema concreto puede ser tan hilarante como leer El Jueves. #TITRE

Así, no hacen falta jueces

Unas cuantas publicaciones del BOE, en este caso sobre indultos a condenados por corrupción urbanística:


III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
9641

Real Decreto 1030/2012, de 29 de junio, por el que se indulta a don Antonio Pérez Postigo.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 171 Miércoles 18 de julio de 2012 Sec. III. Pág. 51560

Visto el expediente de indulto de don Antonio Pérez Postigo, condenado por el Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga, en sentencia de 20 de octubre de 2009, como autor de tres delitos de prevaricación urbanística y cuatro delitos continuados de prevaricación urbanística, a la pena por cada uno de ellos de nueve meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el empleo o cargo públicos electivos durante diez años, por cada delito, con el máximo de cumplimiento efectivo conforme al artículo 76 del Código Penal de veintisiete meses de prisión, por hechos cometidos en los años 2001-2004, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de junio de 2012,

Vengo en conmutar a don Antonio Pérez Postigo las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de junio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171 Miércoles 18 de julio de 2012 Sec. III. Pág. 51558

III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
9639

Real Decreto 1028/2012, de 29 de junio, por el que se indulta a don Fermín Muñoz Armero.

Visto el expediente de indulto de don Fermín Muñoz Armero, condenado por el Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga, en sentencia de 20 de octubre de 2009, como autor de cinco delitos continuados de prevaricación urbanística, a la pena de nueve meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para empleo o cargo públicos electivos durante diez años, por cada delito, con el máximo de cumplimiento efectivo conforme al artículo 76 del Código Penal de veintisiete meses de prisión, por hechos cometidos en los años 2001-2004, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de junio de 2012,

Vengo en conmutar a don Fermín Muñoz Armero las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de junio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ


III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171 Miércoles 18 de julio de 2012 Sec. III. Pág. 51556

9637

Real Decreto 1026/2012, de 29 de junio, por el que se indulta a doña María Teresa Mesa Pernia.

Visto el expediente de indulto de doña María Teresa Mesa Pernia, condenada por el Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga, en sentencia de 20 de octubre de 2009, como autora de tres delitos de prevaricación urbanística y cuatro delitos continuados de prevaricación urbanística, a la pena por cada uno de ellos de nueve meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para empleo o cargo públicos electivos durante diez años, por cada delito, con el máximo de cumplimiento efectivo conforme al artículo 76 del Código Penal de veintisiete meses de prisión, por hechos cometidos en los años 2001-2004, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de junio de 2012,

Vengo en conmutar a doña María Teresa Mesa Pernia las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de junio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ


III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171 Miércoles 18 de julio de 2012 Sec. III. Pág. 51554

9635

Real Decreto 1024/2012, de 29 de junio, por el que se indulta a don Tomas Gómez Arrabal.

Visto el expediente de indulto de don Tomas Gómez Arrabal, condenado por el Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga, en sentencia de 20 de octubre de 2009, como autor de tres delitos de prevaricación urbanística, a la pena de seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para empleo o cargo públicos electivos durante diez años por cada delito; y cuatro delitos continuados de prevaricación urbanística y cinco delitos continuados de prevaricación urbanística, a la pena por cada delito de un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para empleo o cargo públicos electivos durante diez años, con el máximo de cumplimiento efectivo conforme al artículo 76 del Código Penal de tres años de prisión, por hechos cometidos en los años 2001-2004, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de junio de 2012,

Vengo en conmutar a don Tomas Gómez Arrabal las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de junio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ