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Colombia: Brayan Gonzalez, objetor de conciencia, continúa resistiendo dentro del batallón

Lunes.28 de septiembre de 2020 490 visitas Sin comentarios
Correo Tortuga. #TITRE

Brayan Blanco OC

ACCIÓN URGENTE EN APOYO Y SOLIDARIDAD AL JOVEN OBJETOR DE CONCIENCIA BRAYAN ESTIVEN GONZALEZ BLANCO, RECLUTADO EL 2 DE SEPTIEMBRE DE 2019

“¿Para qué incurrir en la violencia si existe la posibilidad de dialogar y proponer soluciones sin recurrir al maltrato?” (Declaración de Brayan Estiven González Blanco).

Queridos/as amigos/as:

Por medio de este escrito nos permitimos ilustrar la situación de un joven a quien le fue negada su solicitud de reconocimiento como objetor de conciencia, por el cuerpo de decisión establecido por la ley de reclutamiento llamado Comisión Interdisciplinaria de Objeción de Conciencia, conformada principalmente por militares y funcionarios de la institución militar, razón por la cual hacemos un llamado a generar acciones de apoyo y acompañamiento en solidaridad con su situación actual.

El 2 de septiembre del 2019, Brayan Estiven González Blanco se acercó al Distrito Militar 51 de Bogotá de manera voluntaria a fin de recibir información e iniciar el proceso para definir su situación militar. El mismo día, le fue retenido arbitrariamente su documento de identidad, le practicaron exámenes de aptitud psicofísica, y sin brindarle ninguna explicación acerca de sus derechos y causales de exoneración a la prestación del servicio militar obligatorio[1], fue reclutado y trasladado en un vehículo militar al Batallón Especial Energético y Vial N°13, ubicado en el municipio de Ubalá, Cundinamarca.

Brayan fue reclutado de manera arbitraria pues el ejército no le dio tiempo para entregar los documentos que lo acreditaban como estudiante y como objetor de conciencia, desconociendo así su derecho al debido proceso para definir la situación militar y las causales de exoneración.

En el mes de febrero del 2020, Brayan obtuvo un permiso que le permitió salir del batallón y solicitar asesoría y acompañamiento por parte de la Acción Colectiva de Objetores y Objetoras de Conciencia (ACOOC) y desarrollar las acciones jurídicas correspondientes para dar inicio formal al proceso como objetor de conciencia. Días después cuando regresó al Batallón, Brayan relató que varios uniformados lo amenazaron y ejercieron presión psicológica sobre él, razón por la cual se radicó un derecho de petición ante la Defensoría del Pueblo solicitando la intervención urgente de esta entidad debido a la gravedad de la situación. La Defensoría generó un oficio de intervención sobre el caso del objetor BRAYAN ESTIVEN GONZALEZ BLANCO, dirigido a la Dirección de Reclutamiento y Control de Reservas, donde expuso las irregularidades ya mencionadas y solicitó nuevamente su desacuartelamiento.

El día 19 de febrero del 2020, el Distrito Militar No 46 de Facatativá, fijó el día 9 de marzo del 2020 como la fecha para la realización de la Comisión Interdisciplinaria de Objeción de Conciencia. Sin embargo, la autoridad militar guardó silencio sobre dicha citación e impidió el desacuartelamiento inmediato de Brayan hasta que se resolviera su situación como objetor por la Comisión Interdisciplinaria de Objeción de Conciencia, como lo precisa el inciso 4 del artículo 79 de la ley 1861 del 2017.

El día 9 de marzo del 2020, se practicó la Comisión Interdisciplinaria de Objeción de Conciencia en las instalaciones de la Décimo Tercera Zona de Reclutamiento, donde se le informó que no era reconocido como objetor de conciencia. Ante esto, la ACOOC radicó los recursos de ley ante las instancias militares, pero éstos fueron aplazados para dar respuesta hasta que se levantara la emergencia sanitaria.

El día 24 de junio del 2020, se radicó una acción de tutela solicitando el amparo del derecho de libre locomoción, debido proceso y objeción de conciencia, desconocidos por el procedimiento irregular de reclutamiento que se realizó. Mediante fallo de tutela del día 7 de julio del 2020 el Juzgado 49 Administrativo, ordenó el desacuartelamiento de Brayan hasta que se agotara todo su proceso de declaración formal como objetor de conciencia.

El día 12 de julio del 2020, en cumplimiento del mandato del juez de tutela, la DIRECCIÓN DE RECLUTAMIENTO-DIREC., de forma predeterminada, sin valorar el ordenamiento jurídico y los hechos de resistencia, persistencia y desobediencia, confirmó la decisión adoptada en primera instancia al no reconocer formalmente a Brayan como objetor de conciencia, lo cual ocasionó que el joven decidiera retornar al Batallón luego de un permiso de 15 días - poniendo en riesgo su integridad física y psicológica - y para evitar ser juzgado por el delito de deserción.

Durante un año BRAYAN ESTIVEN GONZÁLEZ BLANCO, ha sostenido a través de acciones de resistencia al interior del batallón y de acciones jurídicas, su negativa a acatar órdenes, a usar y portar armas y uniformes militares, como ejercicio legítimo del derecho a la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio. Por tal razón, está sometido a presión psicológica permanente, por el hecho de estar reclutado en contra de su voluntad.

Por lo anterior, les solicitamos su apoyo en alguna de las siguientes formas:

Escribir un correo a la Dirección de Reclutamiento y al Comando de Reclutamiento y Control de Reservas, solicitando la libertad de Brayan Estiven, además de la definición de su situación militar garantizando su derecho fundamental a la objeción de conciencia.
Copiar en el correo que envíen a la Defensoría del Pueblo, Procuraduría General, Viceministerio de Defensa, Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y a ACOOC al correo electrónico objecion@objetoresbogota.org
Envíen la carta de apoyo a la embajada colombiana en sus propios países. Encuentren una lista aquí.
Compartir además esta información con otras organizaciones. A través de redes sociales, usar el hashtag #mimentenoesobjetivomilitar y #libertadparabrayan

De antemano agradecemos el apoyo de ustedes.

Cordialmente,

ACCIÓN COLECTIVA DE OBJETORES Y OBJETORAS DE CONCIENCIA – ACOOC

objecion@objetoresbogota.org

Bogotá - Colombia

Solidaridad

Utilicen la carta de apoyo (abajo) cortando y pegando su contenido en un correo electrónico y enviándolo desde su propia cuenta de la siguiente manera:

Asunto: Acción Urgente a favor del objetor de conciencia Brayan Estiven González Blanco
Para: peticiones@pqr.mil.co, sac@buzonejercito.mil.co, usuarios@mindefensa.gov.co, comunicaciones@mindefensa.gov.co
CC: juridica@defensoria.gov.co, quejas@procuraduria.gov.co, contacto@presidencia.gov.co, objecion@objetoresbogota.org
CCO (Copia oculta): info@wri-irg.org

Carta de apoyo

Señores:

COMANDO DE RECLUTAMIENTO Y CONTROL DE RESERVAS

Dirección de Reclutamiento del Ejército

Bogotá. D.C.

Respetados señores:

Les dirigimos esta carta para manifestar nuestra preocupación por el joven Brayan Estiven González Blanco, bachiller, estudiante de un programa de idiomas y objetor de conciencia, quien fue reclutado de manera arbitraria el día 2 de septiembre del 2019.

Brayan Estiven fue reclutado, luego de acercarse al Distrito Militar No 51 de Bogotá D.C, para recibir información acerca del procedimiento para definir su situación militar. De inmediato, le fue retenido su documento de identidad, le practicaron exámenes de aptitud psicofísica y ese mismo día (2 de septiembre del 2019), fue trasladado al Batallón Especial Energético y Vial No.13, Independencia de Cundinamarca, ubicado en el municipio de Ubalá, Cundinamarca, para prestar servicio militar.

BRAYAN ESTIVEN GONZALEZ BLANCO, ha permanecido en las instalaciones del Batallón Especial Energético y Vial No.13, Independencia de Cundinamarca, durante doce (12) meses hasta la fecha, y desde allí ha sostenido sus convicciones a través de la negativa a desarrollar prácticas guerreristas, esperando encontrar su reconocimiento en la Comisión Interdisciplinaria de Objeción de Conciencia. Sin embargo, la instancia competente en los niveles territorial y nacional le negó su solicitud y en ningún momento ordenaron su desacuartelamiento, desconociendo todos los derechos comprometidos y todas sus garantías al debido proceso.

Sabemos que Brayan Estiven cumple con las condiciones anotadas por la Corte Constitucional de Colombia en la Sentencia C-728 de 2009 para invocar el derecho fundamental a la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio, puesto que ha mantenido una postura coherente y su apuesta por la noviolencia, lo cual da cuenta de sus convicciones profundas, fijas y sinceras.

Por estas razones queremos manifestar nuestro apoyo a Brayan Estiven González Blanco y a su familia y les pedimos muy especialmente:

Proteger y reconocer los derechos fundamentales a la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio, tal como lo establece la Sentencia C-728 de 2009 a la objeción, así como la Constitución Política de Colombia en sus Artículos 18 y 19, y como lo precisa la ley 1861 de 2017, al incorporar este derecho como causal de exoneración a la prestación del servicio militar obligatorio y precisar el procedimiento para su ejercicio.
Dejar en libertad a Brayan Estiven y definir su situación militar garantizando su derecho fundamental a la objeción de conciencia.

Cordialmente,

Firme con su nombre y el nombre de su organización.

[1] En Colombia el servicio militar es obligatorio para todos los hombres cuando llegan a su mayoría de edad. Sin embargo, la Corte Constitucional de Colombia en la Sentencia C-728 de 2009 establece que la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio es un derecho fundamental, atendiendo a las normas y tratados internacionales sobre el tema. Pese a esto, las Fuerzas Militares en Colombia no respetan y no garantizan que los jóvenes puedan ejercer este derecho. La ley 1861 de 2017, mediante la cual se regula el servicio de reclutamiento, control de reservas y la movilización, incorporó el derecho a la objeción de conciencia como causal de exoneración, siguiendo las directrices de la sentencia de unificación SU- 108/2016.

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