Condenan a un jefe policial de Almería por extorsionar a una maltratada que tenía que proteger - Tortuga
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Condenan a un jefe policial de Almería por extorsionar a una maltratada que tenía que proteger

Domingo.31 de enero de 2010 217 visitas Sin comentarios
La amenazó con presentar informes desfavorables para su divorcio si no le entregaba 18.000 euros #TITRE

EUROPA PRESS - Madrid

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 10 meses de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Almería al inspector jefe de Policía Enrique de Miguel Alonso, responsable de la Unidad de Prevención, Asistencia y Protección a Víctimas de Violencia de Género (U.P.A.P.) de la Comisaría de esta ciudad en 2004, por amenazar a una de las mujeres acogidas a este programa con presentar informes desfavorables para su divorcio si no le entregaba dinero.

Según el relato de hechos probados de la sentencia, la mujer formuló una denuncia de malos tratos contra su marido, se dictó contra él una orden de alejamiento y entró en el programa de protección a cargo del inspector. Al cabo de unas semanas, De Miguel comenzó a propiciar "cierta familiaridad" con la mujer, que continuó una vez extinta la orden de protección al resultar el marido absuelto de los malos tratos. El Policía no comunicó a la mujer el cese de la orden y a lo largo de 2005 comenzó a pedirle prestadas diversas cantidades de dinero, que ella le entregaba voluntariamente.

Poco después, sabiendo que la mujer se disponía a vender su piso, el policía le pidió 18.000 euros aduciendo que los necesitaba para pagar una deuda que tenía pendiente en Galicia. Ella se negó, y como la negativa proseguía pese a la insistencia del agente, le dijo que declararía contra ella en el juicio de divorcio que se tramitase entre ella y su marido y que se quedaría sin sus hijos, ya que las medidas que se adoptaran en dicho procedimiento dependerían de lo que él informara.
El alto tribunal confirma la condena por delito de extorsión en grado de tentativa, con la concurrencia de la circunstancia agravante de prevalimiento de carácter público, al entender que quedó acreditada prueba suficiente de lo sucedido. Descarta además que el delito pudiera calificarse de amenazas "confirmada la existencia de coacciones con ánimo lucrativo".